Defensor del Pueblo exhorta a brindar atención especial a personas con discapacidad frente a la pandemia
El artículo 11 de
la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad expresa que
los Estados partes tomarán todas las medidas posibles para garantizar la
protección y seguridad de las personas con discapacidad en la respuesta
nacional a situaciones de riesgo y emergencias humanitarias.
Esto comprende medidas en
todas las áreas de la vida de las personas con discapacidad, incluida el
resguardo de su acceso al sistema de salud sin discriminación, bienestar
general y prevención de enfermedades infecciosas, medidas para garantizar la
protección contra actitudes negativas, aislamiento y estigmatización que pueden
surgir en medio de la crisis que engloba esta pandemia mundial.
Ante esta compleja
realidad relacionada con la pandemia de la COVID-19, la Defensoría del Pueblo,
a través de su titular Alfredo Ruiz, en aras de preservar la salud y la vida de
las personas con alguna discapacidad hace del conocimiento público algunas
recomendaciones a los fines de garantizar sus derechos humanos.
En particular, en los
centros de salud, asegurar la realización de pruebas prioritarias a las
personas con discapacidad que presenten síntomas. Garantizarles el tratamiento
adecuado a su condición; incluso todos los recursos necesarios como los
respiradores o el acceso a los cuidados intensivos de ser necesario.
Así como asegurar el
suministro y el acceso continuos a medicamentos de las personas con
discapacidad durante la pandemia. En particular a los pacientes con
enfermedades prexistentes (como el cáncer, diabetes, enfermedades
respiratorias, entre otras).
Igualmente, hacemos un
llamado a las instituciones donde algunas de estas personas residen
(geriátricos, centros psiquiátricos, penitenciarios), entre otros a priorizar
los análisis y promover medidas preventivas para reducir los riesgos de
infección, abordando el hacinamiento, aplicando medidas de distanciamiento
físico para los residentes, modificando las horas de visita, exigiendo el uso
de equipo de protección y mejorando las condiciones de higiene con programas de
desinfección permanentes.
Recordamos que el cuidado
amoroso y preferente de las personas con discapacidad es también un deber de
toda la familia. Todas las personas estamos obligadas solidariamente a evitar
su discriminación.
También es importante que
la sociedad a través de los Consejos Comunales, Comunas, Comités Locales de
Abastecimiento y Producción (CLAP) y Condominios se sensibilicen sobre los
derechos y prioridades que tienen las personas con discapacidad y puedan
brindarles el apoyo necesario para la garantía de sus derechos humanos.
En los comercios,
abastos, mercados populares y farmacias brindarles atención especial y
prioritaria a las personas con discapacidad y a sus asistentes
personales. Igualmente, dentro del hogar asegurarles todo el apoyo y la
asistencia necesaria, sin restricciones, durante las medidas de permanencia por
confinamiento obligatorio.
Por último, el llamamiento
de la Defensoría del Pueblo es que todas aquellas instituciones del Estado
garantes de los derechos humanos de las personas con alguna discapacidad
permitan todos los servicios relacionados con la pandemia de la COVID-19,
incluido la información pública, sobre suministros y servicios esenciales, en
igualdad de condiciones con las demás personas, proporcionarles las plataformas
accesibles en formatos, modos y métodos alternativos de comunicación.
Si bien la pandemia de
COVID-19 amenaza a todos y todas por igual, las personas con discapacidad se
ven impactadas de manera desproporcionada debido a las barreras del entorno,
físico, actitudinales, culturales e institucionales que se reproducen en la
respuesta frente al virus. FIN/PRENSA Defensoría.
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