(Secretaría
de Comunicación e Información).- El gobernador del estado
bolivariano de Yaracuy, Julio León Heredia, solicitó al pueblo
yaracuyano máxima disciplina social con relación a la pandemia
Covid-19, y en ese sentido emitió el Decreto 6.120 , en el
cual se indican los lineamientos a seguir ante tal contingencia.
La
máxima autoridad regional expresó durante alocución especial
transmitida a través de una red de emisoras comunitarias y
comerciales, el pasado domingo en horas de la noche, en compañía
del equipo de salud, que basado en los protocolos internacionales
emanados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), se hace
necesario la adopción de medidas como las ya emanadas por el
Ejecutivo nacional de suspender en el territorio regional, la
apertura al público de locales y establecimientos comerciales, a
excepción de los comercios esenciales en venta de alimentos (para
personas y alimentos domésticos), bebidas, establecimientos
farmacéuticos, médicos, productos higiénicos, combustible
para vehículos, entre otros.
Asimismo
sostuvo que, durante la vigencia del Decreto deben permanecer
cerrados centros educativos, culturales, deportivos, recreativos y de
esparcimiento. Además, León Heredia resaltó que, quedan
suspendidas fiestas populares y todo tipo de actividades culturales
en el seno de las comunidades que impliquen aglomeración o
concentración de personas, así como también lugares de culto,
religiosos y fúnebres.
Igualmente
señaló que, se prohíbe la salida de rutas de transporte público
hacia la ciudad de San Antonio del Táchira.
El
gobernador informó también que, todo aquel que incumpla el
mencionado Decreto será sancionado, pudiendo ser objeto de medidas
coercitivas como: detención, cierres, multas, entre otras sanciones.
0-800YARACUY
contigo
Del
mismo modo el mandatario estadal exhortó al pueblo yaracuyano a
asumir las disposiciones de dicho decreto y a reportar a los
organismos competentes a través del 0-800YARACUY (9272289),
cualquier eventualidad".
El
gobernador Julio León puntualizó que las medidas que contiene el
D-6.120 tendrán vigencia hasta tanto sea superada la emergencia
decretada por el ejecutivo nacional.
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