El Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ) a través de la Sala de Casación Penal,
ratificó la condena de 27 años de prisión a
las ciudadanas Anney Del Carmen Montilla Oropeza y Yellinot
Rocirit González Quevedo, esta última madre de la víctima, por la
comisión de los delitos de homicidio intencional a título de dolo
eventual y lesiones graves antiguas y recientes, previstos y
sancionados respectivamente en los artículos 405 y 415 del Código
Penal, ambos con la circunstancia agravante prevista en el artículo
217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes (Lopnna); y trato cruel, tipificado en el artículo 254
con la circunstancia agravante prevista en el artículo 217 de dicha
ley para ambas ciudadanas.
Además, a
la segunda de las mencionadas por el delito de abuso sexual a niño,
previsto y sancionado en el artículo 259 de la Lopnna, con la
circunstancia agravante prevista en el artículo 217 de la
misma norma jurídica, en perjuicio de un niño de cinco años de
edad.
Así
lo indica la sentencia N° 202-2019, con ponencia de
la vicepresidenta de la Sala de Casación Penal del TSJ,
magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, en la cual se desestimó, por
manifiestamente infundado, el recurso de casación interpuesto por la
defensa de las mencionadas mujeres contra la decisión emitida por la
Sala Nueve de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del
Área Metropolitana de Caracas.
En
diciembre de 2011 la ciudadana Anney Del Carmen Montilla
Oropeza, cuidadora
del niño, llevó
al infante a un centro asistencial, ubicado en la avenida 23 de Enero
en Guanare, estado Portuguesa, alegando que éste se había caído de
una moto; minutos más tarde, el pequeño falleció, por lo que los
médicos notificaron a las autoridades del hecho y luego de las
investigaciones respectivas se concluyó que el niño murió producto
de maltratos y torturas.
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