A partir de este 01 de febrero y hasta el 30
de septiembre, entra en vigencia el período de veda de langosta en Venezuela,
según la resolución DM Nº 115, de fecha 21 de octubre de 2013, publicada en
Gaceta Oficial 40. 279 de fecha 24 de octubre de 2013.
Esta medida, busca proteger y conservar el
crustáceo en las aguas marinas venezolanas, por lo cual los pescadores y
embarcaciones deben abstenerse de capturar y comercializar esta especie durante
el periodo establecido.
Bajo este régimen especial de aprovechamiento
se manejan tres especies de langostas: la langosta espinosa (Panulirus argus),
langosta enana (Panulirus guttatus) y langosta verde (Panulirus laevícauda),
siendo este recurso pesquero de alta demanda gastronómica cotizada en hoteles y
restaurantes nacionales e internacionales.
Es importante recordar, que para capturar esta
especie se necesita un permiso bajo norma especial, expedida por el Ministerio
del Poder Popular de Pesca y Acuicultura (Minpesca), a través de su ente
adscrito, el Instituto Socialista de la Pesca y la Acuicultura (Insopesca).
Respetar los periodos de veda es indispensable
para así recuperar las poblaciones de estas especies y garantizar la
permanencia del recurso en el país.
Fuente: Prensa Minpesca
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